Orientación Profesional Manual para Cadetes 2013 - Armada de

Capítulo Veintidós

Para un Oficial lejos de su patria, es necesario tanto el coraje civil o político como el militar”, Almirante Nelson.

SERVICIO DE GUARNICIÓN

I. DEFINICIONES

D. Comandante de Guarnición En las tres Instituciones, el Comandante de Guarnición es el Oficial más antiguo con mando de tropa, dentro del territorio de su jurisdicción, salvo que se nombre otro por medio de un Decreto Supremo. En aquellas localidades donde sólo existan Reparticiones, el Comandante de Guarnición es el más antiguo de los Oficiales, aunque no ejerza el mando de tropa. Cuando en ceremonias que se realicen en una localidad, intervienen en forma conjunta Unidades o miembros del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, el Comandante de Guarnición más antiguo tiene a su cargo la elaboración y coordinación del programa correspondiente, considerando las disposiciones de ceremonial y protocolo. Son superiores directos del Servicio de Guarnición o Comandante de Guarnición: El Comandante en Jefe de la Institución El Comandante General de Guarnición II. OBLIGACIONES DEL COMANDANTE DE GUARNICIÓN Los Comandantes de Guarnición controlarán que los Comandantes de Unidades de su jurisdicción mantengan las medidas de seguridad, tanto internas como externas, en el más alto grado de eficiencia, dictando las disposiciones necesarias para el Servicio de Guarnición, de acuerdo con la situación existente y la configuración geográfica. SE el Presidente de la República El Ministro de Defensa Nacional

A. Servicio de Guarnición Comprende, dentro de la Jurisdicción Militar, Naval o Aérea, el conjunto de normas que rigen las relaciones entre ellas y los organismos civiles en general; las actividades de carácter público, social- militar, de ceremonial y de protocolo que desarrollan las Fuerzas Armadas; las disposiciones destinadas a asegurar la correcta presentación del personal en ceremonias públicas, como asimismo, aquéllas necesarias para coordinar funciones similares. B. Guarnición Es el territorio donde se encuentran Unidades (o fracciones de ellas) de cualquiera de las Instituciones de las Fuerzas Armadas, ya sea en forma permanente o transitoria, cada una de las cuales tiene su respectivo Comandante. En la Armada, una Fuerza Operativa, Escuadrón Aeronaval, Unidad de Infantería de Marina, Aeronave o Buque Independiente, son considerados como una guarnición, no quedando subordinada a los Comandantes de Guarnición que existan en los puertos que recalen, excepto cuando el buque pertenece a la misma Zona o Base Naval. C. Comandante General de Guarnición Se designa con esta denominación al Comandante en Jefe de una División de Ejército, Zona Naval o Brigada Aérea, en el ejercicio de estas funciones dentro del territorio bajo su jurisdicción. Los Comandantes en Jefe de la Escuadra y Fuerza de Submarinos, son los Comandantes Generales de Guarnición a flote, de las unidades que integran las respectivas Fuerzas.

267 Capítulo Veintidós Servicio de Guarnición

Made with FlippingBook Ebook Creator