Orientación Profesional Manual para Cadetes 2013 - Armada de
ESTRELLA MILITAR
MILITAR
A los Oficiales de las FF.AA. que hayan cumplido 10 años de servicios efectivos. CONDECORACIÓN “AL MÉRITO MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS” (Gente de Mar) AL GRAN MÉRITO MILITAR
Esta Condecoración se otorga al personal de Gente de Mar de Línea, que haya cumplido 10 años de servicios efectivos en la Armada y que durante este lapso haya obtenido el Primer o Segundo lugar en algún curso de especialización institucional. Otra causal de otorgamiento es que haya estado los últimos cinco años consecutivos clasificado en Lista 1, debiendo otorgársele con cualquiera de los dos requisitos cumplidos. Para este efecto, deberán considerarse como cursos de especialización los que originen una especialidad básica y aquéllos de especialidad complementada o subespecialidad, con duración superior a 6 meses. CONDECORACIÓN “AL VALOR”
Se otorga al personal de Gente de Mar de Línea y de los Servicios, y Empleados Civiles que hayan cumplido 30 años de servicios efectivos en las Fuerzas Armadas. AL MÉRITO MILITAR
Segunda Clase Tercera Clase
Primera Clase
75 Uniformes y Distintivos Capítulo Cuatro
Se otorga, en tiempo de paz, al personal de las Fuerzas Armadas que ejecute actos de valor, con riesgo evidente de su propia vida, ya sea cumpliendo obligaciones o por iniciativa personal, demostrando sentimientos de honor, valor y arrojo. Para decidir el otorgamiento de esta condecoración será necesario instruir previamente una Investigación
Al personal de Gente de Mar de Línea que haya cumplido 20 años de servicios efectivos en las Fuerzas Armadas.
Made with FlippingBook Ebook Creator