Microsoft Word - Cartilla EL EJERCICIO DEL MANDO 2025 25 nov

EL EJERCICIO DELMANDO

dárseles la responsabilidad más completa a cargo de sus hombres. Constituye una buena política que el Oficial de División consulte a sus Suboficiales más antiguos cuando redacte informes, solicitudes y evaluaciones de eficiencia del personal a su cargo. Art. 845°.- Debe respaldar la autoridad de los Suboficiales, Sargentos y Cabos, preocupándose de que cumplan sus deberes imparcialmente y con energía, informando de quienes se destaquen como líderes o de quienes fallen en este aspecto a causa de cualidades o hábitos insatisfactorios. Debe asegurarse que todos los Oficiales, Suboficiales Mayores, Suboficiales, Sargentos, Cabos y Marineros de su división estén completamente al tanto de sus deberes, de preservar el orden y las normas de esta Ordenanza. Art. 846°.- Conocerá los nombres y cualidades de cada uno de sus subordinados y se impondrá de su capacidad, de su competencia, de su conducta y de su carácter, de sus problemas personales y familiares, todo ello con el fin de asignarlos en los puestos donde su acción personal produzca el mayor rendimiento para el servicio. Art. 847°.- El Oficial de División debe darse cuenta cuando su personal no reúne el grado normal de disciplina y debe tomar acción correctiva en las siguientes situaciones: a.- Falta de concentración en sus deberes; Para lo anterior se ceñirá a lo dispuesto en el Reglamento de Disciplina. Art. 848°.- Exigirá en todo momento la tenida reglamentaria del personal, como también su buena presentación personal tanto en puerto como en la mar. Art. 849°.- Cada Oficial de División tendrá los planes de los diversos zafarranchos de la unidad y los cuadros con todos los puestos del personal de su división en dichos zafarranchos. Tendrá siempre su Lista de Guardia del personal al día. Art. 850°.- Distribuirá a su personal en los zafarranchos,ejercicios y servicios que en la unidad se contemplen, considerando las aptitudes de cada uno, todo lo que hará de acuerdo con las órdenes y disposiciones del jefe del Departamento respectivo y del 2° Comandante. Art. 851°.- El Oficial de División mandará y dirigirá personalmente la instrucción, movimientos y ejercicios militares y marineros del personal que compone su división. En tan importante tarea será secundado por los Suboficiales y Sargentos ayudantes que se designen. Después de terminado los ejercicios, dejará ordenado y limpio el sector donde hubiere actuado, empleando para ello a su personal. Art. 852°.- Toda vez que necesitare llamar a su División por asuntos del servicio, pedirá la venia del Jefe del Departamento respectivo y le avisará al Oficial de Guardia. Art. 853°.- Velará porque su personal tenga su equipo reglamentario, pasando periódicamente las revistas del caso y verificando que subsanen oportunamente las deficiencias encontradas. Art. 854°.- Semanalmente pasará revista de camas al personal de su división. Verificará que éstas estén completas, limpias y marcadas con el número que les corresponda. Examinará después que queden bien extendidas en sus literas. b.- Defectuoso o lento cumplimiento de las órdenes; c.- Malestar entre sus compañeros por riñas o roces; d.- Fingimiento de enfermedad. Excesivo uso de la enfermería; e.- Ausencia y permisos extraordinarios; f.- Reiteradas faltas de puntualidad.

144

Made with FlippingBook Digital Proposal Maker